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Impuesto IEDMT en autocaravanas y otros impuestos del caravaning

La compra de una autocaravana o caravana implica no solo una decisión de ocio o movilidad, sino también conocer los impuestos asociados. Uno de los más importantes es el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes (IEDMT), que afecta a la matriculación de muchos vehículos recreativos en España. Comprender cómo funciona este impuesto, junto con otros tributos como el impuesto de circulación o el de transmisiones patrimoniales, te ayudará a evitar sorpresas y calcular el coste real de tu inversión

¿Qué es el impuesto IEDMT en autocaravanas?

El impuesto IEDMT en autocaravanas es un tributo estatal que grava la primera matriculación de determinados medios de transporte en España, entre ellos autocaravanas, caravanas y campers. Se aplica sobre el valor de mercado del vehículo antes de matricularlo y su gestión corresponde a la Agencia Tributaria.

La finalidad de este impuesto es controlar el impacto medioambiental y recaudatorio de los vehículos de nueva matriculación, teniendo en cuenta su nivel de emisiones de CO₂ y su tipo de combustible

¿Cuándo se aplica el IEDMT en Autocaravanas?

El impuesto IEDMT en autocaravanas se paga cuando el vehículo se matricula por primera vez en España, ya sea nuevo o de importación. En el caso de una autocaravana nueva el impuesto suele estar incluido en el precio final, pero en vehículos importados o autocaravanas de segunda mano provenientes del extranjero debe autoliquidarse. En autocaravanas de segunda mano con matricula nacional están exentas de pagar el IEDMT

El porcentaje aplicable depende de las emisiones homologadas del vehículo:

Porcentajes IEDMT según emisiones homologadas (WLTP)

Tabla de tramos IEDMT
Tramo de emisiones (g CO₂/km) Tipo IEDMT aplicable Notas
≤ 120 0 % (exento) Exento por bajas emisiones
121 – 159 4,75 % Tramo estándar
160 – 199 9,75 % Modelos con emisiones medias-altas
≥ 200 14,75 % Tramo más frecuente en autocaravanas
Nota: algunas comunidades autónomas incrementan el tipo en determinados epígrafes (p. ej., hasta ~16&nbsp% en ciertos casos). Verifica siempre el epígrafe aplicable de tu comunidad y las posibles exenciones (discapacidad, familias numerosas, cambio de residencia).

Exenciones y reducciones del impuesto IEDMT

Existen varios supuestos en los que no se aplica o se reduce el impuesto IEDMT en autocaravanas:

  • Personas con discapacidad igual o superior al 33%, que adquieren una autocaravana adaptada o para su uso habitual.
  • Familia numerosas, que pueden solicitar la exención si el vehículo se destina al transporte familiar.
  • Cambio de residencia desde otro país, cuando el propietario traslada su domicilio a España con una autocaravana matriculada en origen.
  • Vehículos históricos o con más de 30 años, suelen estar exentos del pago.

En Aragón y otras comunidades, estas exenciones deben gestionarse en la Delegación Territorial de la Agencia Tributaria o a través de su sede electrónica, acompañado la documentación justificativa correspondiente.

Otros impuestos aplicables a caravanas y autocaravanas.

Además del IEDMT en autocaravanas, existen otros tributos que conviene conocer antes de comprar o transferir una autocaravana o caravana.

Impuesto de circulación

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), mejor conocido como impuesto de circulación, es un tributo municipal que grava la titularidad de cualquier vehículo matriculado y apto para circular. En el caso de las autocaravanas, el importe varía según la potencia fiscal y el municipio. En Zaragoza, Huesca o Teruel, el rango suele situarse entre 100€ y 250€ anuales. Las caravanas ligeras sin tracción propia no lo pagan, pero las que superan ese peso o cuenta con matrícula propia sí están sujetas al impuesto.

Impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP)

Se aplica en la compra de una caravana o autocaravana de segunda mano entre particulares. El porcentaje depende de la comunidad autónoma: en Aragón suele ser del 4% mientras que en otras regiones puede llegar al 6%.
El comprador es quien debe liquidarlo ante la haciendo autonómica en un plazo de 30 días desde la firma del contrato.

Impuesto de importación

Si el vehículo procede de fuera de la Unión Europea, puede aplicarse además un arancel aduanero y el IVA a la importación (21%). En estos casos, el asesoramiento y gestión por parte de un equipo especializado en la compra de autocaravanas resulta fundamental, ya que se trata de un proceso complejo.

Tabla orientativa de los principales impuestos en caravanas y autocaravanas

Impuestos aplicables al caravaning
Tipo de impuesto Cuándo se aplica Quién lo paga Tipo o importe aproximado Observaciones
IEDMT (Impuesto de matriculación) En la primera matriculación Comprador 0 % – 14,75 % Depende de las emisiones de CO₂
IVTM (Impuesto de circulación) Cada año natural Titular del vehículo 100 € – 250 € aprox. Depende del municipio y potencia fiscal
ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales) Compra entre particulares Comprador 4 % – 6 % En Aragón: 4 %. Plazo máximo 30 días desde la compra
IVA / Arancel de importación Vehículos importados fuera de la UE Comprador 21 % + arancel Se liquida en aduana
Tasas municipales Uso de suelo, estacionamiento o servicios locales Titular o usuario Variable según municipio Algunas localidades aplican tasas por aparcar caravanas en vía pública
Nota: Los importes son orientativos. Las cuantías y condiciones pueden variar según la comunidad autónoma o el municipio. Se recomienda consultar siempre la normativa fiscal vigente en el lugar de residencia.

Importancia de los impuestos aplicables

Conocer los impuestos aplicables a caravanas y autocaravanas es clave para calcular el presupuesto real de compra. El impuesto IEDMT es el más relevante en matriculaciones nuevas, pero no hay que olvidar el impuesto de circulación anual ni el ITP en operaciones de segunda mano.

En Caravaning Plaza, te ayudamos a entender todos estos aspectos para que disfrutes de tu vehículo con total tranquilidad y sin complicaciones administrativas.
Consulta con nuestro equipo si necesitas orientación sobre matriculaciones, modelos o exenciones fiscales en Aragón y el resto de España.

Preguntas frecuentes sobre impuestos en caravanas y autocaravanas

¿Cómo hacer el impuesto de transmisiones patrimoniales de una caravana?
El impuesto de transmisiones patrimoniales de una caravana se gestiona en la hacienda autonómica correspondiente, de forma presencial o online. Debes presentar el contrato de compraventa, el DNI del comprador y el modelo 620 o 621. En Aragón el tipo es del 4 %, mientras que en otras comunidades puede alcanzar el 6 %.
¿Las caravanas profesionales tienen los mismos impuestos que las de uso particular?
No. Las caravanas profesionales (por ejemplo, destinadas a alquiler o exposición) tributan de forma diferente porque son bienes afectos a una actividad económica. En estos casos, el IVA puede deducirse y los impuestos municipales varían según la licencia o el tipo de explotación.
¿Qué ocurre con el impuesto de circulación de una caravana en camping fijo?
Aunque una caravana permanezca en un camping fijo, si tiene matrícula propia y más de 750 kg, debe abonar el impuesto de circulación. Algunos municipios permiten exenciones temporales si se acredita que el vehículo no circula y permanece estacionado de forma permanente.
¿Cuándo está exenta una caravana del impuesto de circulación?
Están exentas del impuesto de circulación las caravanas de menos de 750 kg y los remolques sin matrícula independiente. También pueden beneficiarse las caravanas históricas o con más de 25 años, siempre que estén inscritas en el registro de vehículos clásicos.
¿Qué impuestos se pagan por comprar una caravana de segunda mano entre particulares?
En una compraventa entre particulares se paga el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), no el IVA. El tipo depende de la comunidad autónoma y del valor fiscal del vehículo. En Aragón, una caravana de segunda mano tributa al 4 % del valor de referencia.
¿Qué pasa si instalo una placa solar en mi autocaravana, debo pagar algún impuesto?
No, la instalación de una placa solar en una autocaravana no genera un impuesto adicional. No obstante, si se modifica la homologación o el peso del vehículo, podría afectar al cálculo de tributos como el IVTM o el IEDMT en futuras revisiones.
¿Qué impuestos paga una caravana matriculada con más de 750 kg?
Una caravana de más de 750 kg está obligada a pagar el impuesto de circulación y, en algunos casos, tasas adicionales por actividad o estacionamiento prolongado. Las caravanas con matrícula propia también pueden estar sujetas a impuestos de industria y comercio si se utilizan con fines profesionales.

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